Ampliación de límite exento de concesión de aplazamiento en AEAT

Ampliación de límite exento de concesión de aplazamiento en AEAT

  • 03/05/2023

Por fin, la AEAT actualiza el límite exento de aportar garantía en los aplazamientos y fraccionamientos de deudas, que pasa de 30.000 a 50.000 euros, para dar mayor flexibilidad en el pago deudas y poder facilitar un poco más de liquidez a los contribuyentes.

Las materias afectadas son:

  • Procedimiento de recaudación tributaria
  • Aplazamientos y fraccionamientos de pago


Esta nueva orden otorga facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante las dificultades económico-financieras de carácter transitorio y agilizando el procedimiento de gestión cuando solicitamos un aplazamiento.

El ámbito de aplicación de esta nueva orden será para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas a partir del 15 de Abril, derivadas de derechos de
naturaleza pública de la AEAT y demás órganos de la administración general del estado y sus organismos autónomos, quedando excluidos:

  • Deudas reguladas en el Reglamento UE n.952/2013.
  • Deudas y sanciones tributarias estatales en situación preconcursal

En resumen, la entrada de esta nueva orden:

  1. No exige garantías para solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas cuyo su conjunto no exceda de 50.000 euros.
  2. La tramitación es casi automatizada. Solicitas el aplazamiento y la concesión puede realizarse en cuestión de segundos.
  3. Amplio abanico de posibilidades cuando los fraccionamientos son superiores a 50.000 euros y precisen garantías.


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