Generalitat de Catalunya: nuevas ayudas para pymes

Generalitat de Catalunya: nuevas ayudas para pymes

  • 04/02/2021

Ayudas extraordinarias para pequeñas empresas, microempresas, cooperativas y autónomos con trabajadores a cargo en situación de ERTE

Nueva línea de ayudas de apoyo a los colectivos y sectores económicos más afectados por las medidas de contención de la pandemia de la Covid-19 y mantener los puestos de trabajo en situación de Expediente de Regulación Temporal de Ocupación (ERTO) de las pequeñas empresas, microempresas y cooperativas.


Apertura del Trámite

El trámite para pedir la ayuda se abrirá LUNES 15 DE FEBRERO, Y SE PODRÁ HACER HASTA EL DÍA 22 DE FEBRERO DE 2021


Beneficiarios: 

Las pequeñas empresas, microempresas, las cooperativas y autónomos con trabajadores a cargo con sede social en Cataluña y con trabajadores en situación de Expediente de Regulación Temporal de Ocupación (ERTO) activo, a fecha de 31 de enero de 2021.

En concreto:

  • Pequeñas empresas: las que ocupan menos de 50 personas y tienen un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 10 millones de euros.
  • Microempresas: las que ocupan menos de 10 personas y tienen un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 2 millones de euros.
  • Las cooperativas con menos de 50 trabajadores o socios cooperativos, y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 10 millones de euros.


Cuantía de la ayuda:

Ayuda de 2.000 euros por trabajador en situación de ERTO activo, a fecha 31 de enero de 2021, con un máximo de 30.000 euros por beneficiario.


Requisitos:

  • Tener trabajadores ERTO activo a 31 de enero de 2021.
  • Mantener el mismo número de trabajadores a 31 de diciembre de 2021, respeto el 31 de diciembre de 2020.
  • En caso de incumplimiento por parte del beneficiario, se revocará la subvención y tendrá que reintegrar la totalidad de la subvención recibida, más los intereses de demora correspondientes.
  • Para hacer el cálculo del número de trabajadores, hay que tener en cuenta el número total de trabajadores, independientemente del tipo de jornada.


Tramites: https://canalempresa.gencat.cat/es/detall/article/ajuts-empreses-en-erto

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