
Si el 28 de mayo trabajas durante la jornada electoral
- 24/05/2023
¿Te toca trabajar durante las elecciones municipales que se celebrarán el domingo 28 de mayo de 2023? La ORDEN EMT/111/2023, de 9 de mayo, de la Generalitat de Catalunya establece las instrucciones necesarias para la participación de los trabajadores y trabajadoras en las elecciones locales y al Consejo General d’Aran del día 28 de mayo de 2023. (Aquí podrás acceder al documento íntegro)
Trabajadores/as que realicen su actividad laboral durante la Jornada Electoral
- Jornada coincidente con 4 horas ó más horas: Permiso de 4 horas
- Jornada coincidente entre 2 horas y 4 horas: Permiso de 2 horas
- Jornadas que coincidan 2 horas ó menos: No tienen derecho a permiso
Trabajadores/as citados como miembros de una mesa electoral
Miembros de la mesa electoral o interventores
- Sin coincidència con disfrute de descanso semanal en fecha 28-M: Permiso retribuido durante toda la jornada laboral y durante las 5 primeras horas del dia inmediatamente posterior.
- Coincidencia con fecha de disfrute de descanso semanal en fecha 28-M: Permiso retribuido durante las 5 primeras hores del dia inmediatamente posterior,
Apoderados
- Permiso retribuido durante la jornada completa del 25-M
Si alguno de los trabajadores citados como miembros de una mesa electoral, interventores o apoderados tiene que trabajar en el turno por la noche el día inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición de la persona interesada, deberá cambiarle el turno para que pueda descansar la noche anterior a las elecciones